




Desde el 21 de julio de 2025 productores e importares estarán obligados a comercializar sus productos con los pictogramas y advertencias sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud. Por lo anterior, coexistirán en los puntos de venta y/o entregas a domicilio empaques de producto con o sin advertencia sanitaria, hasta que estos últimos sean comercializados en su totalidad.
La presente comunicación se publica en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 30838 de 2025, los artículos 3 (numeral 1.3) y 23 a 28 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), suministrando información clara, suficiente, veraz y oportuna al consumidor de los productos regulados mediante la Ley 2354 de 2024. El contenido aquí publicado no tiene fines promocionales ni publicitarios.



















































